(Nota: Antes de nada, pido disculpas por el poco tiempo que le puedo dedicar últimamente al blog… tengo muchos temas interesantes en el tintero, espero poder traerlos pronto)
Ayer se aprobó definitivamente la reforma de la Constitución Española para introducir una modificación del artículo 135 con un mensaje cuyo único propósito es el de calmar a los Mercados. ¿Para eso ha quedado la Constitución de un país? ¿en serio?
(Créditos: Photos to Go) |
Pues si yo fuese «los Mercados», el hecho per se de que algo esté en la Constitución me daría un extra nulo de confianza. ¿Por qué? Pues por ejemplo, por precedentes como este:
artículo 159:
3. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un periodo de nueve años y se renovaran por terceras partes cada tres.
Por que lo diga la Constitución, ¿podemos estar seguros de que se cumple a rajatabla y dichos jueces permanecerán durante nueve años?… Pues va a ser que no: se ha llegado a la situación esperpéntica de que tres miembros han pedido su renuncia porque en noviembre de 2010 se cumplió el plazo de 9 años… y hasta hoy.
Su petición se rechazó, se generaron titulares un par de días, y aquí paz y allí gloria: aquí no pasa nada. Aún seguimos sin que los dos grandes partidos de este país se pongan de acuerdo para algo tan fundamental como el mantenimiento de uno de los pilares del Estado de Derecho. En lo que sí coinciden, como no, es en seguir asegurándose su hegemonía poniendo zancadillas a cualquier posible voz disidente, y en la democrática idea de que consultar al pueblo puede ser peligroso.
El mismo día que se proponía el nuevo artículo 135 para calmar a los Mercados, nuestra prima de riesgo se seguía disparando. Sinceramente, ¿se les puede culpar de no tomarse en serio lo que diga nuestra carta magna?